Declaración de Jetarkte
Territorio Kawésqar
La Comunidad
Indígena Kawésqar Residente en Puerto Edén, reunida en el primer Congreso
Kawésqar que se realiza en JETARKTE en el mismo Puerto Edén, los días 16, 17,
18 y 19 de enero de dos mil trece:
Considerando que ella constituye la última comunidad superviviente de los
procesos de genocidio y etnocidio aplicados por los poderes y estados
occidentales a nuestra comunidad Kawésqar desde la época colonial y hasta
nuestros días;
Teniendo en cuenta que esos procesos fueron los causantes de la
actual situación de depauperación material y demográfica a que ha sido
conducida forzadamente nuestra comunidad;
Consciente de los perniciosos efectos que ha tenido la aculturación de nuestro
pueblo, y de los esfuerzos que él ha venido haciendo por revertir tal
situación;
Preocupada por recuperar preservar la cultura Kawésqar incluidas sus bases
materiales;
Observando que el derecho internacional ha efectuado importantes avances en el
reconocimiento de los derechos ancestrales de los pueblos originarios,
incluidos los derechos al territorio ancestral y a sus recursos naturales;
Recordando que es un derecho y un deber de todo pueblo el preservar el medio
ambiente con vistas a su disfrute por las generaciones actuales y futuras;
Destacando la estrecha y tradicional dependencia de la Comunidad Kawésqar
Residente en Puerto Edén respecto de su medio ambiente, sus recursos
biológicos, marinos, forestales, paisajísticos, atmosféricos, y en general de
todos aquellos que han constituido ancestralmente su territorio; y el derecho
que le asiste al disfrute sostenible de ellos;
Considerando además el derecho que la costumbre internacional reconoce a los pueblos
originarios de vivir y desarrollar su vida en los parques nacionales y demás áreas
silvestres protegidas;
Reconociendo el papel que ha cumplido la familia Kawésqar y, en particular, la
mujer Kawésqar en la preservación de la cultura Kawésqar;
Tomando nota de los intentos que viene efectuando el Estado de Chile por imponer
proyectos de desarrollo invasivos de nuestro territorio, en forma inconsulta y
amenazando directamente la condición de área silvestre protegida que cubre gran
parte de aquél, tanto en su dimensión terrestre como marítima y atmosférica;
Recordando las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las
formas de Discriminación Racial, el Convenio N° 169 de la Organización
Internacional del Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos
de los Pueblos Indígenas; la jurisprudencia emitida por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos y en definitiva, el estándar internacional existente en
materia indígena que reconoce los derechos consuetudinarios.
Resuelta a preservar y utilizar de manera sostenible el territorio Kawésqar
en beneficio de las generaciones actuales y futuras de su pueblo.
Declara lo siguiente:
El Territorio Ancestral de la Comunidad Kawésqar Residente en Puerto
Edén (kawésqar wæs) está constituido
por todos los espacios marítimos y terrestres, y el vuelo atmosférico que los
cubre, y que van desde el borde noroccidental del Golfo de Penas hasta la
ribera sur de la Isla Diego de Almagro. Por el oriente, lo constituyen las
aguas del Golfo de Penas, la zona de bahías, fiordos, canales, glaciares, ríos,
estuarios y esteros, con sus islas, islotes, roqueríos, suelo y subsuelo
marino, espacios terrestres continentales, zonas de bosques y montañas y demás
espacios terrestres costeros conectados por tales aguas interiores y
continentales (jáutok); al Occidente,
lo constituye la costa abierta hacia el Océano Pacífico (málte), con sus espacios terrestres continentales, islas, islotes,
roqueríos, bahías, ensenadas y mar territorial, suelo y subsuelo marino; en
todas estas extensiones con todos sus recursos de interés económico actual o
potencial, espacios históricos, mitológicos, espacios tabú, lugares de
nacimiento, lugares funerarios, sitios arqueológicos identificados o por
identificarse, rutas de navegación ancestral, calas, caletas y puntos de
embarque y desembarque; y cualquier otro espacio y sus componentes naturales
terrestres, marinas, submarinas o atmosféricas que constituyan, formen o hayan
formado parte de la cultura Kawésqar.